Pronunciamiento respecto a la carta conjunta de los Embajadores de Canadá, Australia, Francia y Colombia, al Presidente del Congreso de la República
Pronunciamiento respecto a la carta conjunta de los
Embajadores de Canadá, Australia, Francia y Colombia, al Presidente del
Congreso de la República
El Consejo Directivo de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional, al haberse hecho pública la carta del 4 de
junio dirigida al Presidente del Congreso de la República, por los Embajadores
de Canadá, Australia, Francia y Colombia, en la que manifiestan su
preocupación por los capitales que se originan en sus respectivos países,
respecto a la aprobación de la Ley N° 31018 “que dispone la suspensión
del cobro de peajes a nivel nacional durante el estado de emergencia por la
COVID-19”; tiene a bien manifestar lo siguiente:
Que dicha inédita nota diplomática no ha seguido el
procedimiento establecido para canalizar los asuntos oficiales de una misión
diplomática, conforme a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de la que son Estados Parte Canadá, Australia, Francia, Colombia y el Perú. En sus casi 200 años de nación soberana, el Perú siempre ha sido respetuoso de los tratados internacionales.
Al respecto, el artículo 41(2) de la
Convención, dispone lo siguiente: “Todos los asuntos oficiales de que la misión
esté encargada por el Estado acreditante han de ser tratados con el Ministerio
de Relaciones Exteriores de ese Estado (Estado receptor) o por conducto de él, o con el Ministerio
que se haya convenido”. [El paréntesis es nuestro].
Por tanto, la preocupación de los
embajadores, expuesta en la citada carta, debió canalizarse a través del
Ministerio de Relaciones Exteriores. En el Perú rige el estado de derecho, por
lo que existen canales establecidos, tanto para los inversionistas extranjeros
así como para las misiones diplomáticas, para expresar sus observaciones.
Por otra parte, instamos al Congreso de la
República, a evaluar la Ley N° 31018 “que dispone la suspensión del
cobro de peajes a nivel nacional durante el estado de emergencia por la
COVID-19”, a fin de medir su impacto y consecuencias en la economía nacional y la inversión extranjera.
Lima, 6 de junio
de 2020