Oscar Maúrtua de Romaña: "La pesca china de la pota peruana"

 

LA PESCA CHINA DE LA POTA PERUANA 

Por Oscar Maúrtua de Romaña *


En las últimas semanas, hemos observado cómo una flota de más 400 buques de categoría Naftin, provenientes de China, han realizado sus actividades pesqueras frente al litoral peruano, y que fuera previamente descubierta y alertada por los EEUU, en disposición de que el Perú fuese advertido ante semejante sobrepesca.

Ahora bien, tal acción desenfrenada de pesca no vendría a ser ilegal, puesto que no violan nuestra jurisdicción al no estar dentro de las 200 millas que el Perú proclama como zona económica exclusiva. Por otro lado, sí generaría un enorme daño a la ecología marítima y a la economía nacional al estar tan cerca de nuestras costas dada la movilidad de las especies marinas que no reconocen de límites.

Se tiene entendido que tales actividades pesqueras que vemos transcurriendo en alta mar, son por la captura de un espécimen de nuestro litoral marítimo llamado “pota. Aquel recurso marino es fundamental para el Perú, pues es uno de los principales sustentos de nuestra pesca artesanal, tanto por la ganancia que genera, como por el consumo que tiene en nuestro país. Sin embargo, ha sido poco trabajado su ordenamiento formal en el ámbito internacional, repercutiendo en distintas ocasiones, exigencias por parte de los pescadores peruanos como también de la prensa nacional, con el fin de que se evite su depredación tan cercana a nuestras zonas jurisdiccionales del pacífico.

Ante lo mencionado, el Perú debe explicar al Gobierno chino que su flota pesquera que se encuentra muy cerca de la zona económica exclusiva de 200 millas que le concierne al Perú, genera una problemática para nuestra riqueza marina en general. Se debe de reconocer que la actividad pesquera intensiva muy cerca de las zonas costeras, influyen en la biomasa natural y por ello siempre se aplican resguardos de la vida marítima como las vedas o las cuotas. De otra forma, se daña la riqueza ictiológica. Cabe mencionar el impacto que ha generado en las cantidades de pota que se obtiene, resultando en una reducción de tal espécimen en los últimos años para nuestros pescadores artesanales.

Si recurriéramos a la CONVEMAR, nos especificaríamos en el artículo 117 de la sección 2 de la Parte VII, donde nos mencionan que todos los Estados tiene el deber de adoptar las medidas, que en su relación nacional, sean necesarias para la conservación de sus recursos vivos de alta mar, ante ello el resto de artículos detallados en la CONVEMAR refuerzan el nivel de cooperación que se debe de dar por parte de los países integrantes para las medidas de conservación de las especies que se capturan, con el fin de mantener un nivel de producción sostenible, sin perjudicar los ecosistemas u otras economías nacionales de otros Estados.

Si bien la CONVEMAR ha sido ratificada por China, pero no por el Perú, esta ya es aplicada como derecho internacional consuetudinario. En otras palabras, ya es aceptado por la Comunidad Internacional. En tal situación hubiera sido positivo, y, conveniente por el contexto en el que se encuentra el Perú, haber accionado conjuntamente en el marco de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS) para que se manifieste en su carácter de organismo regional, que vela por nuestra riqueza ictiológica y nuestras especies marinas del océano sudamericano, para alzar, corporativamente una cabal respuesta ante las practicas pesqueras de manera intensa y reiterativas. Todo ello bajo el ámbito bipolar de disputa comercial entre China y EEUU, pero donde dialoguemos para esclarecer con China ya que tenemos una fructífera relación socio-económica y que tales prácticas de extracción dañan nuestra riqueza marina.

Canadá y Estados Unidos son vecinos y socios. No obstante, en ocasiones existen yuxtaposiciones en temas de pesca que los lleva serias confrontaciones que se resuelven con la sensatez del diálogo y el consenso.

Con anterioridad, la Comisión Permanente del Pacifico Sur (CPPS), ya se ha pronunciado, como también solicitado ante las acciones de pesca ilegal cerca de las islas Galápagos, el mejoramiento de las capacidades de monitoreo y de los sistemas que se usan para las actividades pesqueras con el fin de que no prospere los actos ilícitos de pesca no reglamentada.

La CPPS, que cuenta con los integrantes de Perú, Ecuador, Colombia y Chile, deben ventilar el tema de lo sucedido en los mares del pacífico y esclarecer ante China, para hacer respetar y cumplir las medidas de conservación y preservación del ecosistema marítimo junto a la Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP’s) para una actividad pesquera transparente y responsable cerca a las costas de Sudamérica.

China sabe y así lo ve la comunidad internacional, que la pesca de su flota de buques madrinas no son ilegales, pero sí son ilegítimas porque perjudican la biomasa de sus naciones amigas del pacífico sudamericano.

 




* Jurista y Diplomático.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

COMUNICADO

Pronunciamiento de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional con relación a la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico

NOTA DE PRENSA 25 - 2023 110° Aniversario de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional