COMUNICADO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD
PERUANA DE DERECHO INTERNACIONAL (SPDI) SOBRE LAS RELACIONES CON LA REPUBLICA
DE VENEZUELA
Comunicado SPDI No. 04-2021
El Consejo Directivo de la Sociedad
Peruana de Derecho Internacional (SPDI), como institución académica
especializada, cumple con formular algunas opiniones en torno a las relaciones
diplomáticas con la República de Venezuela:
1. El
Perú y Venezuela nunca rompieron relaciones diplomáticas. Estas se mantuvieron
con el gobierno del señor Juan Guaidó como presidente encargado porque así fue
proclamado por la Asamblea Nacional de dicho país en enero de 2019. En enero de
2021, al instalarse una nueva Asamblea Nacional cesó el mandato del señor
Guaidó. Durante todo ese período las relaciones bilaterales se dieron a nivel
consular.
2. El
artículo 118, inciso 11, de la Constitución Política del Perú dispone que
corresponde al presidente de la República dirigir la política exterior y las
relaciones internacionales. Asimismo, conforme al artículo 3 (a) del Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Relaciones Exteriores, es
función rectora de esta cartera “formular, ejecutar y evaluar la Política Exterior,
de conformidad con las directrices del Presidente de la República y la Política
General del estado.”
3. Asimismo,
en la doctrina y práctica actual del Derecho Diplomático, las relaciones se dan
entre Estados y no entre gobiernos, por lo que ha caído en total desuso la
costumbre de reconocer gobiernos o sistemas de gobierno. De esta manera, cuando
se establecen relaciones diplomáticas entre dos Estados, esta decisión de ambos
no prejuzga ni significa un reconocimiento del sistema de gobierno ni de la gobernanza
de cada país. Y es así porque actuar de distinta manera implicaría una
injerencia en sus asuntos internos, como bien lo determina la llamada “Doctrina
Estrada”.
4. En
el marco constitucional y legal que debe regir las acciones y decisiones de
carácter internacional del gobierno nacional, éste ha dispuesto que las
relaciones con el Estado de Venezuela sean establecidas al más alto nivel
posible, esto es, de embajadores extraordinarios y plenipotenciarios, con miras
a recuperar el dialogo bilateral con el régimen
que detenta el poder y las funciones gubernamentales, así como sostener los
vínculos con grupos político-partidarios que conforman la oposición política al
actual régimen venezolano.
5. El
Consejo Directivo de la SPDI confía que esta decisión del gobierno peruano de
normalizar las relaciones con el Estado de Venezuela haga posible la necesaria
cooperación bilateral para abordar y solucionar, sobre bases ciertas y seguras,
la grave situación humanitaria por la que atraviesan los inmigrantes
venezolanos que, en cifra que sobrepasa largamente el millón de personas, han
sido acogidos con fraternal solidaridad por el pueblo peruano.
6. De
igual manera, el Consejo Directivo considera que el restablecido nivel de
relacionamiento entre los dos Estados debe servir de manera eficiente al
propósito esencial de que el Perú, de consuno con los demás miembros del Grupo
de Lima, coadyuve al buen éxito de las
negociaciones que se vienen verificando en la ciudad de México entre el
gobierno y la oposición venezolanos, bajo los auspicios de Noruega y el
acompañamiento de los Países Bajos y Rusia, y con el apoyo mayoritario de la
comunidad internacional, con el objetivo primordial de recuperar la
institucionalidad democrática y el pleno respeto de los derechos humanos en
Venezuela.
7. Debe
ser dicho, también, que esta nueva etapa de las relaciones bilaterales no se debe
soslayar de manera alguna la investigación preliminar que, a pedido de algunos países del Grupo de Lima y de la Organización
de Estados Americanos, ha iniciado la Fiscalía de la Corte Penal Internacional
(CPI) para esclarecer la situación del señor Nicolás Maduro Moros y otros altos
funcionaros de su régimen, por la presunta comisión de delitos de lesa
humanidad y violación de los derechos humanos del pueblo venezolano.
8. Finalmente,
el Consejo Directivo manifiesta que, en aras de la adecuada representación
diplomática de nuestro país ante el Estado de Venezuela, el gobierno del Perú
debe elegir a un calificado profesional que reúna las altas calidades morales y
profesionales que exige la ley y que siempre han caracterizado a los
embajadores peruanos.
Lima, 23 de
octubre de 2021