NOTA DE PRENSA 047-2025 Sociedad Peruana de Derecho Internacional se manifiesta sobre la reducción del área protegida de las Líneas de Nasca
NOTA DE PRENSA 047-2025
Sociedad Peruana de Derecho Internacional se manifiesta sobre la reducción del área protegida de las Líneas de Nasca
Las líneas y geoglifos de Nasca y Pampas de Jumana, en Palpa constituyen mucho más que un tesoro arqueológico peruano, representan un testimonio único de la cosmovisión de las antiguas culturas prehispánicas que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), con pleno acierto, inscribió en la Lista del Patrimonio Mundial el 17 de diciembre de 1994. Hoy, este legado que ha sobrevivido intacto por casi dos mil años enfrenta su mayor amenaza en décadas: una decisión ministerial que pretende reducir en más del 40% su área protegida (de 5.600 a 3.200 kilómetros cuadrados).
Desde su reconocimiento internacional, las Líneas de Nasca han gozado de un estatus especial que trasciende las fronteras nacionales. La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial de 1972, ratificada por el Perú, mediante la Resolución Legislativa N° 23349 del 21 de diciembre de 1981, reconoce la soberanía del Estado sobre estos bienes y establece una corresponsabilidad con la comunidad internacional para su preservación.
El marco jurídico peruano ha sido claro e inequívoco. La Constitución de 1993, en su artículo 21, consagra el deber del Estado de proteger el patrimonio cultural. La Ley General del Patrimonio Cultural (Ley N° 28296) desarrolla este mandato con instrumentos específicos de tutela. La Resolución N° 421/INC, que establece los actuales límites de la reserva arqueológica fue producto del minucioso trabajo de especialistas que comprendieron la necesidad de proteger no solo los geoglifos visibles, sino todo su contexto arqueológico y ambiental. Los reconocimientos del Comité del Patrimonio Mundial al progreso alcanzado es el reflejo de un trabajo serio que ahora peligra.
La reducción del área protegida no solo ignoraría la distribución real de los geoglifos -muchos de los cuales se extienden más allá de los nuevos límites propuestos-, sino que enviaría un mensaje negativo a la comunidad internacional sobre el compromiso del Perú con sus obligaciones convencionales. Las advertencias reiteradas de UNESCO e ICOMOS (Consejo Internacional de Monumentos y Lugares de interés Artístico e Histórico) sobre las amenazas recurrentes a este frágil ecosistema cultural deben tomarse con la máxima seriedad. La experiencia comparada demuestra que cuando los Estados parte relajan sus mecanismos de protección, el camino hacia la Lista del Patrimonio en Peligro suele ser corto e irreversible.
Como juristas comprometidos con el derecho internacional y como peruanos conscientes del valor de nuestro patrimonio, hacemos un llamado a la reflexión. Las Líneas de Nasca son un legado que hemos recibido en custodia y que tenemos el deber moral y legal de transmitir intacto a las generaciones futuras.
Instamos al Ministerio de Cultura a redoblar sus esfuerzos para continuar con la acertada formulación de políticas culturales a la altura de nuestra riqueza histórica y que respondan al cumplimiento de nuestras obligaciones internacionales a la luz de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial de 1972.
Sociedad Peruana de Derecho Internacional