Pronunciamiento de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional con relación a la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico

Pronunciamiento SPDI N° 004-2023

 

Ante la negatoria manifiesta y sostenida al día de hoy del Gobierno de México de traspasar la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico - AP al Gobierno del Perú, la Sociedad Peruana de Derecho Internacional, observa lo siguiente:

 

  1. Inicialmente, el Pacta Sunt Servanda, principio pétreo del derecho internacional contenido en el artículo 26 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, establece que los Estados se encuentran obligados a cumplir, de buena fe, el contenido de los instrumentos jurídicos del cuales son parte. Las intenciones previamente citadas por el Mandatario de México, vulneran los artículos 4 y 5 del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico al elevar en consulta una situación que le compete al “Consejo de Ministros” de la AP.

  2. Adicionalmente, la Carta de las Naciones Unidas reconoce, a su vez, el principio de igualdad soberana, el cual, ha sido fortalecida a través de la Resolución 2625 de la Asamblea General de la ONU del 24 de octubre de 1970 relievando la (…)  importancia de mantener y fortalecer la paz internacional fundada en la libertad, la igualdad (…) independientemente de las diferencias existentes entre sus sistemas políticos, económicos y sociales o sus niveles de desarrollo.

  3. Aunado a ello, la Carta de la Organización de Estados Americanos - OEA, a través de su artículo 10, relieva que los derechos de los Estados no dependen del poder que ellos dispongan para su ejercicio, sino que los mismos son inherentes a su condición de sujetos de derecho internacional.

  4. En virtud de ello, La Corte Internacional de Justicia en el caso Gabčíkovo–Nagymaros (1997), entre sus disposiciones, mencionó que los Estados que son parte de varias convenciones, no pueden acomodar un Tratado a expensas de otros y que los Estados deben, de buena fe, cumplir con los mandatos del tratado respetando las finalidades por las que fueron suscritos.


Es de suma importancia preservar las disposiciones establecidas en el Acuerdo Marco y documentos adicionales de la Alianza del Pacífico, la cual constituye una exitosa plataforma de concertación que fortalecen los conceptos del multilateralismo referidos a la cooperación mundial y la participación de los Estados en organizaciones internacionales. Esta actitud, la cual, es contraria a la búsqueda de la integración regional, no solo afecta al Perú, sino que también retrasa los esfuerzos en conjunto por alcanzar un óptimo desarrollo para el bienestar de los ciudadanos.

 





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