Pronunciamiento de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional sobre la situación de vulnerabilidad de los defensores ambientales Pronunciamiento SPDI N° 17-2023

Pronunciamiento de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional sobre la situación de vulnerabilidad de los defensores ambientales

 

Pronunciamiento SPDI N° 17-2023

 

Con motivo del asesinato del líder katakaibo Benjamín Flores Ríos -con quien se eleva a 33 la cantidad de defensores ambientales que pierden la vida a manos del crimen organizado- el Consejo Directivo de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional considera pertinente manifestar lo siguiente:

  1. Los defensores ambientales se encuentran en una situación de absoluta vulnerabilidad cuando luchan por la protección de los territorios ancestrales y la naturaleza contra el accionar de las mafias del crimen organizado quienes depredan masivamente los recursos naturales de todos los peruanos y de las futuras generaciones, causando así graves daños al medio ambiente, a través de la tala ilegal de bosques, los cultivos ilícitos de coca y la minería ilegal.
  2. En ese sentido, los defensores ambientales, son también defensores de derechos humanos al proteger a las comunidades nativas de la amazonía y sus derechos a la vida, la salud, la integridad y la seguridad personales, el territorio, y el libre desarrollo, entre otros.
  3. Lamentablemente el Perú se encuentra entre los países de mayor índice de atentados y crímenes de esta naturaleza a nivel mundial, por lo que urge fortalecer el  mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos, que dirige el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
  4.  Ante la extrema gravedad de esta situación, que viene generando consternación mundial y daños a la reputación internacional del Perú, el Consejo Directivo de la SPDI exhorta a las autoridades gubernamentales a redoblar acciones para acabar contra las situaciones de intimidación y asesinatos de defensores ambientales. Para el efecto, se requiere tomar en cuenta las disposiciones contempladas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales, el Tratado de Cooperación Amazónica, el Convenio N° 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, el Convenio de las Naciones Unidas sobre la diversidad biológica, el Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, entre otros instrumentos internacionales. Adicionalmente, se hace indispensable seguir el ejemplo de más de catorce países latinoamericanos que ya han ratificado un acuerdo específico de protección a defensores ambientales.

Lima, 20 de diciembre de 2023.




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