NOTA DE PRENSA 008-2025 Sociedad Peruana de Derecho Internacional se manifiesta sobre la suspensión de cooperación por parte de Estados Unidos

 NOTA DE PRENSA 008-2025


Sociedad Peruana de Derecho Internacional se manifiesta sobre la suspensión de cooperación por parte de Estados Unidos 

Ante el anuncio por parte del Gobierno de los Estados Unidos sobre la suspensión de la ejecución de todos sus programas de ayuda al desarrollo a nivel mundial, y en particular sobre sus implicancias respecto a la ejecución de los proyectos de USAID en materia de luchas contra el narcotráfico y contra la degradación medioambiental en la Amazonía, la Sociedad Peruana de Derecho Internacional (SPDI) expresa:

1. Diversos de los programas de ayuda al desarrollo ejecutados con recursos del gobierno de los Estados Unidos en el Perú, y específicamente los relacionados a las luchas contra el narcotráfico y contra la degradación medioambiental en la Amazonía, atienden a problemas que si bien tienen una materialización inmediata dentro de la jurisdicción territorial del Perú, atienden a lo que se denomina males públicos globales, es decir a fenómenos dañosos que generan impactos transnacionales, y que requieren por tanto de la acción solidaria de todos los Estados para enfrentarlos. 

2. Los programas de ayuda al desarrollo de tal naturaleza no son por tanto de exclusivo beneficio para el Perú como país receptor, sino que también benefician al país otorgante, y la mundo entero, por lo que constituyen la materialización de la obligación de cooperación internacional “en la solución de problemas internacionales”, que constituye uno de los propósitos de las Naciones Unidas y que está establecida en el capítulo IX de su Carta.

3.  Aguardamos, en consecuencia, que dichos programas de cooperación continuen toda vez contribuyen a enfrentar males públicos globales, que sólo pueden ser abordados de forma colectiva a través de la cooperación internacional reconocida como un principio fundamental en la Carta de las Naciones Unidas y otros tratados. 



Lima, 28 de enero de 2025 

Sociedad Peruana de Derecho Internacional

spdi@spdi.org.pe