NOTA DE PRENSA SPDI N.° 156-2026 La SPDI y ACNUR conmemoran los 75 años de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados

NOTA DE PRENSA SPDI N.° 156-2026

La SPDI y ACNUR conmemoran los 75 años de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados


La Sociedad Peruana de Derecho Internacional (SPDI) y ACNUR, la Agencia de la ONU para los Refugiados, conmemoraron en Lima el 75º aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. El evento, realizado en el Centro Cultural Inca Garcilaso del Ministerio de Relaciones Exteriores, resaltó la vigencia de la Convención y su relevancia para asegurar la protección de quienes se ven forzados a abandonar sus países.

Adoptada después de la Segunda Guerra Mundial, la Convención creó un marco internacional para proteger a las personas que huyen de la persecución. Desde entonces, ha sido clave para reconocer sus derechos y guiar la respuesta de los Estados. El Perú se adhirió a la Convención en 1964 y fue desarrollando paulatinamente su marco legal de protección, con una primera norma sobre población refugiada y asilada en 1985 y la Ley del Refugiado de 2002.

En la referida conmemoración, participaron como ponentes el Min. Augusto Bazán, director de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Dr. Oscar Schiappa-Pietra Cuba, miembro titular y secretario del consejo directivo de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional, y la Sra. Alba Marcellan, oficial principal de protección del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en Perú.

Al acto también asistieron el Embajador Óscar Maúrtua, Presidente de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional; la señora Laura Almirall, Representante de ACNUR en el Perú;  el Embajador Jorge Raffo, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Doctor Josué Manuel Gutiérrez Cóndor, Defensor del Pueblo; y el Ministro Hernando Torres-Fernández, Director del Centro Cultural Inca Garcilaso.

A 75 años de su adopción, la Convención continúa siendo una referencia esencial para la protección internacional. Su aplicación exige la cooperación de los Estados y el compromiso de las instituciones y comunidades de acogida para garantizar que las personas refugiadas puedan ejercer sus derechos y reconstruir sus vidas con dignidad.


Fuente de imagen: ACNUR/Jaime Giménez


Noviembre, 2026.

Sociedad Peruana de Derecho Internacional

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